Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.168/2011

México, D.F. a 29 de septiembre de 2011

VIGENTE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE SAN LUIS POTOSÍ

*El Pleno del Alto Tribunal desestimó la Acción de Inconstitucionalidad 62/2009 promovida por Diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí.

Al no alcanzar los 8 votos que se requieren para invalidar una norma, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la acción de inconstitucionalidad 62/2009 que promovieron Diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, respecto a la reforma al artículo 16 de la Constitución Política de la entidad.

Por tal razón, el precepto impugnado queda vigente.

En una acción de inconstitucionalidad (como es el caso) se requiere de una mayoría de ocho votos para que la norma se pueda declarar inconstitucional, como en el caso se obtuvieron siete votos en ese sentido, la acción se desestimó.

El que se desestime una acción de inconstitucionalidad implica que no exista un precedente del Alto Tribunal en relación con la constitucionalidad o inconstitucionalidad del artículo 16 de la Constitución del Estado de San Luis Potosí.

Lo anterior puesto que la consecuencia de la desestimación equivale a que el asunto no cuente con una resolución en ningún sentido.


Formulario de consulta Imprimir