Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.154/2010

México, D.F. a 14 de junio de 2010

BUSCARÁ SCJN SOLUCIÓN A INTERPRETACIÓN DE ARTÍCULO 97 CONSTITUCIONAL, PARA CASO GUARDERÍA ABC

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició la discusión del proyecto de dictamen elaborado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, en torno al caso de la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora.

Además de la sesión matutina, los ministros sesionaron extraordinariamente por la tarde para continuar las deliberaciones. El punto central de la discusión versó sobre la naturaleza y los alcances de la facultad de investigación, contenida en el segundo párrafo del artículo 97 de la Constitución.

Dicha facultad ha suscitado intensas discusiones ya que, a pesar de estar presente desde 1917 en la Carta Magna, carece de una legislación específica que brinde claridad respecto de sus alcances y consecuencias jurídicas. La SCJN, particularmente en los últimos 15 años que corresponden a la Novena Época, ha venido desarrollando una visión del artículo 97 constitucional.

Hoy, como en casos anteriores, el debate en torno a dicha facultad fue amplio y complejo. Los ministros expresaron diversas posiciones de interpretación sobre las posibilidades y límites de esta atribución, que enriquecieron la visión del Pleno.

Tras una intensa ronda de análisis y participaciones en la que cada uno de los integrantes del Pleno del Alto Tribunal expresó su opinión sobre este tema, el ministro ponente ofreció reflexionar sobre ellas, para tratar de encontrar soluciones que puedan satisfacer al Pleno el día de mañana, y así continuar con el desahogo de los temas sustantivos y del asunto en definitiva.

Aceptada la moción y propuesta, se dio por concluida la sesión y se convocó a los ministros para mañana, martes 15, a partir de las 11:00 horas.

Cabe señalar que antes de iniciar la discusión los ministros José Fernando Franco González Salas y Sergio Armando Valls Hernández sometieron a consideración del Pleno los posibles impedimentos que tendrían para participar en este asunto. En ambos casos el Pleno resolvió que no están impedidos para conocer el asunto y que gozan de autoridad plena para ejercer sus funciones con imparcialidad y justicia.


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