Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.151/2010

México, D.F. a 9 de junio de 2010

INICIAR PROCEDIMIENTOS POR POSIBLES PRÁCTICAS MONOPÓLICAS NO SIGNIFICA ATRIBUIR RESPONSABILIDAD ALGUNA A GRUPOS ECONÓMICOS

• La Cofeco sí puede comenzar las investigaciones en relación con cada una de las entidades que forman parte de ese grupo.

• La Primera Sala ampara a diversas embotelladoras.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, tratándose de procedimientos sobre posibles prácticas monopólicas de grupos económicos, la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) puede comenzar las investigaciones en relación con cada una de las entidades que forman parte de ese grupo, ya que con el inicio de esta actuación aún no se les imputa ninguna responsabilidad en lo particular.

Será hasta el momento de emitir la resolución que ponga fin al procedimiento, cuando la Comisión deberá acreditar la responsabilidad individual y concreta de cada una de aquellas entidades, para imponerles las sanciones que correspondan.

Lo anterior se determinó al resolver un amparo en revisión y concederlo a diversas embotelladoras, para el efecto de que la Cofeco ordene la reposición del procedimiento, con el propósito de que se admitan las pruebas periciales ofrecidas en economía, econometría, contabilidad y finanzas y, una vez desahogadas, se dicte nueva resolución en la que se funde y motive la responsabilidad individual y concreta de cada una de ellas.


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