Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.SNC/1999

México, D.F. a 23 de junio de 1999

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION EMITIO UN ACUERDO QUE LE PERMITIRA CONSOLIDAR SU CARACTER DE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En la exposición de motivos del proyecto del Decreto de reformas constitucionales del 9 de junio de 1999, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio próximo pasado, se reafirmó el propósito que inspiró a la reforma constitucional de diciembre de 1994. Esto es, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación consolide su carácter de Tribunal Constitucional.

La mencionada exposición de motivos establece: ‘Es imprescindible permitir a la Suprema Corte –como sucede en otras naciones– concentrar todos sus esfuerzos en el conocimiento y resolución de aquellos asuntos inéditos o que comprendan un alto nivel de importancia y que, por tal razón, impactan en la interpretación y aplicación del orden jurídico nacional’.

De la experiencia obtenida en el despacho de asuntos quedó demostrado que, por cuestiones técnicas y formales, la Suprema Corte, en detrimento de su función esencial que es concentrarse en asuntos de constitucionalidad de trascendencia e importancia, había tenido que distraer parte importante de su tiempo en ocuparse de cuestiones diferentes. Esto propició la concentración de asuntos en la capital de la República, cuando podrían resolverse en los Tribunales Colegiados de Circuito distribuidos a lo largo del territorio nacional.

La nueva asignación de competencias brindará cercanía al justiciable de manera pronta, completa, imparcial y gratuita, como manda el artículo 17 de la Constitución. La reforma constitucional también ampliará la facultad con la que cuenta el Pleno para expedir Acuerdos Generales y, con base en ello, se remitirán a los Tribunales Colegiados de Circuito todos aquellos asuntos en los cuales hubiera establecida jurisprudencia, no revistan interés o trascendencia o, en general, cuando la propia Corte estime innecesaria su intervención.

Por lo anterior, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia expidió el Acuerdo 6/1999 del 22 de junio del presente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día de hoy, mediante el cual se determinan los criterios para el envío de asuntos a los Tribunales Colegiados de Circuito.

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