Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.091/2010

México, D.F. a 6 de abril de 2010

SCJN AMPARA A CLIENTE DE BANCOMER

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un cliente de BBVA Bancomer por considerar que la prescripción de un pagaré, del año de 1985, fue interrumpida por el pacto de renovación automática del capital, por lo que la Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal deberá realizar un nuevo estudio de la excepción de prescripción de los intereses, sujetándose al Código de Comercio.

Los ministros señalaron que no se puede considerar como unidad el capital y los intereses, porque existe una obligación expresa del pago de estos últimos al vencimiento, lo que hizo exigible su cobro; en ese contexto se consideran prescritos los intereses, en términos del Código de Comercio, que establece un plazo de diez años.

En el asunto, la quejosa argumentó que la inversión y los intereses forman un todo y que para aplicar las reglas de prescripción se deben considerar una sola cosa.

Finalmente, el Alto Tribunal precisó que dos de las inversiones originales que se están renovando a cada vencimiento no prescribieron, pero los intereses que se debieron ir a otra cuenta, si no se exigieron en su momento, y han pasado diez años desde que fueron exigibles, sí prescriben.


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