Comunicados de Prensa
No.084/2010
México, D.F. a 25 de marzo de 2010
INFUNDADA, SOLICITUD DEL GOBIERNO DE MORELOS PARA INCORPORAR A MAGISTRADOS Y CONSEJERO AL PODER JUDICIAL LOCAL
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como infundada la solicitud del delegado del gobernador de Morelos y del secretario de Gobierno de la entidad, de revocar la suspensión concedida en el incidente de la controversia constitucional 66/2009, que ha impedido la incorporación de seis magistrados y un consejero al Poder Judicial de Morelos.
Precisó que se mantendrá vigente la suspensión dictada el 24 de julio de 2009 por la Comisión de Receso del Alto Tribunal, acerca de que el Congreso local se abstenga de emitir cualquier acto de ejecución material.
Esto es, respecto a la adscripción e incorporación en nómina de seis magistrados y un consejero al Poder Judicial de la entidad, lo cual fue confirmado en su momento por la Primera Sala al resolver, el 30 de septiembre de 2009, los recursos de reclamación 56/2009-CA y 57/2009-CA.
Los ministros indicaron que la controversia constitucional de la que deriva este asunto, fue interpuesta por el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del estado de Morelos y del Consejo de la Judicatura estatal, en contra de los poderes legislativo y ejecutivo de dicha entidad.
Estimaron que debía subsistir la suspensión para que no fueran adscritos e incorporados en nomina los seis magistrados y un consejero de la judicatura, designados por el Congreso Morelos, en virtud de que no existían hechos supervenientes que justificaran la revocación de la medida cautelar.
Precisó que se mantendrá vigente la suspensión dictada el 24 de julio de 2009 por la Comisión de Receso del Alto Tribunal, acerca de que el Congreso local se abstenga de emitir cualquier acto de ejecución material.
Esto es, respecto a la adscripción e incorporación en nómina de seis magistrados y un consejero al Poder Judicial de la entidad, lo cual fue confirmado en su momento por la Primera Sala al resolver, el 30 de septiembre de 2009, los recursos de reclamación 56/2009-CA y 57/2009-CA.
Los ministros indicaron que la controversia constitucional de la que deriva este asunto, fue interpuesta por el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del estado de Morelos y del Consejo de la Judicatura estatal, en contra de los poderes legislativo y ejecutivo de dicha entidad.
Estimaron que debía subsistir la suspensión para que no fueran adscritos e incorporados en nomina los seis magistrados y un consejero de la judicatura, designados por el Congreso Morelos, en virtud de que no existían hechos supervenientes que justificaran la revocación de la medida cautelar.