Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.206/2009

México, D.F. a 30 de septiembre de 2009

IMPROCEDENTE, CONCEDER SUSPENSIÓN DEL ARANCEL DEL 10% PARA IMPORTACIÓN DEFINITIVA DE VEHÍCULOS USADOS

* Así lo determinaron los ministros al resolver una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados de Circuito.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que resulta improcedente conceder la suspensión en contra de los requisitos y el impuesto (ad-valorem) del 10 por ciento para la importación definitiva de vehículos usados al país, contenido en el Decreto emitido por el Presidente de la República el 22 de diciembre de 2008.

Los ministros precisaron que el otorgamiento de la medida cautelar ocasionaría perjuicios al interés social y contravendría disposiciones de orden público, debido a que el estado mexicano está interesado en que no se afecte la economía nacional mediante la introducción indiscriminada de vehículos al país.

Además, subrayaron que el Ejecutivo Federal, en ejercicio de la facultad que le confiere la Constitución Federal, estableció en el Decreto mencionado, los requisitos y el arancel ad-valorem del 10 por ciento, a fin de impedir la importación definitiva al territorio nacional de vehículos usados que en el país de procedencia, por sus características físicas o por cuestiones técnicas, su circulación esté restringida o prohibida, así como cuando el vehículo haya sido reportado como robado.

La Segunda Sala expuso que el fin inmediato y directo es tutelar los derechos de la colectividad, ya que el propósito de no suspender los requisitos y el impuesto del 10 por ciento para la importación definitiva de vehículos usados al territorio nacional, es con el propósito de regular la contaminación de la atmósfera proveniente de todo tipo de fuentes emisoras para asegurar una calidad del aire satisfactoria para el bienestar de la población y el equilibrio ecológico.

De igual forma, enfatizó, contar con información actualizada y pertinente respecto del comportamiento del mercado de vehículos usados y la delincuencia, así como la de proteger a la ciudadanía.

Así, los ministros resolvieron una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados de Circuito.


Formulario de consulta Imprimir