Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.171/2009

México, D.F. a 17 de agosto de 2009

PRECISIONES A COMENTARIOS SOBRE RESOLUCIÓN EN CASO ACTEAL

En diversos medios de comunicación se afirmó hoy que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la libertad de Lorenzo Pérez Vázquez, uno de los implicados en los lamentables acontecimientos ocurridos el 22 de diciembre de 1997, en la comunidad de Acteal, en el municipio de Chenalhó, Chiapas.

Se trata, indudablemente, de una confusión debido a los nombres de dos quejosos.

Lorenzo Pérez Vázquez no recibió el beneficio de libertad. Su caso fue resuelto por la Primera Sala de la SCJN en el juicio de amparo directo penal 9/2008, bajo la ponencia del ministro José Ramón Cossío Díaz, y únicamente obtuvo un amparo para el efecto de que se le dicte una nueva sentencia.

En cambio, Lorenzo Ruiz Vázquez sí obtuvo un amparo liso y llano, que se tradujo en que el juez de distrito declarara de inmediato su libertad, por lo que sí forma parte de las 20 personas liberadas a raíz de la resolución de la Primera Sala. El caso de esta persona se resolvió bajo la ponencia de la ministra Olga María Sánchez Cordero Dávila de García Villegas, en el juicio de amparo directo 8/2008.

La sentencia de la Primera Sala del Alto Tribunal no se tradujo en la liberación de alguna persona que, durante el procedimiento, haya confesado su culpabilidad en los hechos.


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