Comunicados de Prensa
No.162/2009
México, D.F. a 6 de agosto de 2009
EJERCE SCJN FACULTAD DE INVESTIGACIÓN POR LOS HECHOS ACONTECIDOS EN LA GUARDERÍA ABC, DE HERMOSILLO
La comisión está integrada por la magistrada María del Rosario Mota Cienfuegos y el magistrado Carlos Ronzón Sevilla.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ejercer la facultad de investigación que le otorga el párrafo segundo del artículo 97 de la Carta Magna, por los hechos acontecidos el 5 de junio del año en curso en la Guardería ABC, en Hermosillo, Sonora.
Por tal razón, designó a la magistrada María del Rosario Mota Cienfuegos –del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito- y al magistrado Carlos Ronzón Sevilla –del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito-, como integrantes de la comisión investigadora, quienes iniciarán sus funciones a partir del 16 de agosto del 2009, con sujeción a las reglas establecidas para las comisiones de investigación.
La comisión deberá elaborar, en los próximos 15 días, el protocolo de investigación, y lo hará del conocimiento del Pleno, el cual podrá modificarlo en cualquier momento.
En este sentido, el Alto Tribunal estableció diez puntos que serán el objeto de la investigación:
1.- Analizar el marco jurídico federal, estatal y municipal relativo al origen, establecimiento, operación y funcionamiento de los servicios de guardería, y analizar cuáles son los alcances y grados de responsabilidad que existían entre las diversas autoridades encargadas de implementar la política pública de guarderías, en razón de tratarse de un beneficio de los niños y niñas en el ejercicio del derecho a la salud y de los derechohabientes.
2.- investigar el origen y situación actual de los convenios de subrogación celebrados por el IMSS con patrones que tienen instaladas guarderías en sus establecimientos.
3.- investigar el origen y situación actual de los convenios de subrogación celebrados por el IMSS con particulares no patrones para la prestación del servicio de guarderías.
4.- Determinar el origen, contenido y cumplimiento del convenio de subrogación celebrado entre el IMSS y los particulares que prestaban el servicio en la Guardería ABC.
5.- Especificar qué autoridades administrativas del IMSS celebraron dicho convenio y su competencia, así como el procedimiento que se observó para su otorgamiento y cumplimiento con la normatividad relativa al funcionamiento como guardería.
6.- Investigar si las autoridades competentes realizaban visitas de inspección y con qué periodicidad, para verificar las condiciones del funcionamiento de la Guardería ABC y, en caso de hacer observaciones, si se vigilaba el cumplimiento de las mismas.
7.- Esclarecer la intervención de las autoridades del municipio de Hermosillo y del estado de Sonora, en relación con el otorgamiento del permiso de uso de suelo y licencia de funcionamiento como guardería, así como los demás otorgados respecto del mismo inmueble y de los inmuebles aledaños.
8.- Analizar si con la conducta de acción y omisión de los funcionarios encargados del buen funcionamiento de guarderías, las consecuencias del accidente de fecha 5 de junio de 2009, en la Guardería ABC, pudieron evitarse y, con ello, se hubiera podido salvaguardar la vida de e integridad de los menores que se encontraban en la misma.
9.- Identificar los actos de negligencia médica posteriores al suceso.
10.- Identificar a las personas que participaron en los hechos calificados como graves violaciones a las garantías individuales, tanto del IMSS como del municipio de Hermosillo y del estado de Sonora y demás que resulten.
En la sesión se precisó que con base en las reglas a que deberán sujetarse las comisiones de investigación, sus trabajos podrán durar hasta 6 meses, correspondiendo al Pleno de ministros decidir si amplía dicho plazo, cuando así se requiera.
Finalmente, el Alto Tribunal notificará esta determinación al titular del Poder Ejecutivo Federal, al titular del Poder Ejecutivo de Sonora, al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social y al presidente municipal de Hermosillo, Sonora.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ejercer la facultad de investigación que le otorga el párrafo segundo del artículo 97 de la Carta Magna, por los hechos acontecidos el 5 de junio del año en curso en la Guardería ABC, en Hermosillo, Sonora.
Por tal razón, designó a la magistrada María del Rosario Mota Cienfuegos –del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito- y al magistrado Carlos Ronzón Sevilla –del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito-, como integrantes de la comisión investigadora, quienes iniciarán sus funciones a partir del 16 de agosto del 2009, con sujeción a las reglas establecidas para las comisiones de investigación.
La comisión deberá elaborar, en los próximos 15 días, el protocolo de investigación, y lo hará del conocimiento del Pleno, el cual podrá modificarlo en cualquier momento.
En este sentido, el Alto Tribunal estableció diez puntos que serán el objeto de la investigación:
1.- Analizar el marco jurídico federal, estatal y municipal relativo al origen, establecimiento, operación y funcionamiento de los servicios de guardería, y analizar cuáles son los alcances y grados de responsabilidad que existían entre las diversas autoridades encargadas de implementar la política pública de guarderías, en razón de tratarse de un beneficio de los niños y niñas en el ejercicio del derecho a la salud y de los derechohabientes.
2.- investigar el origen y situación actual de los convenios de subrogación celebrados por el IMSS con patrones que tienen instaladas guarderías en sus establecimientos.
3.- investigar el origen y situación actual de los convenios de subrogación celebrados por el IMSS con particulares no patrones para la prestación del servicio de guarderías.
4.- Determinar el origen, contenido y cumplimiento del convenio de subrogación celebrado entre el IMSS y los particulares que prestaban el servicio en la Guardería ABC.
5.- Especificar qué autoridades administrativas del IMSS celebraron dicho convenio y su competencia, así como el procedimiento que se observó para su otorgamiento y cumplimiento con la normatividad relativa al funcionamiento como guardería.
6.- Investigar si las autoridades competentes realizaban visitas de inspección y con qué periodicidad, para verificar las condiciones del funcionamiento de la Guardería ABC y, en caso de hacer observaciones, si se vigilaba el cumplimiento de las mismas.
7.- Esclarecer la intervención de las autoridades del municipio de Hermosillo y del estado de Sonora, en relación con el otorgamiento del permiso de uso de suelo y licencia de funcionamiento como guardería, así como los demás otorgados respecto del mismo inmueble y de los inmuebles aledaños.
8.- Analizar si con la conducta de acción y omisión de los funcionarios encargados del buen funcionamiento de guarderías, las consecuencias del accidente de fecha 5 de junio de 2009, en la Guardería ABC, pudieron evitarse y, con ello, se hubiera podido salvaguardar la vida de e integridad de los menores que se encontraban en la misma.
9.- Identificar los actos de negligencia médica posteriores al suceso.
10.- Identificar a las personas que participaron en los hechos calificados como graves violaciones a las garantías individuales, tanto del IMSS como del municipio de Hermosillo y del estado de Sonora y demás que resulten.
En la sesión se precisó que con base en las reglas a que deberán sujetarse las comisiones de investigación, sus trabajos podrán durar hasta 6 meses, correspondiendo al Pleno de ministros decidir si amplía dicho plazo, cuando así se requiera.
Finalmente, el Alto Tribunal notificará esta determinación al titular del Poder Ejecutivo Federal, al titular del Poder Ejecutivo de Sonora, al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social y al presidente municipal de Hermosillo, Sonora.