Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.120/2009

México, D.F. a 9 de junio de 2009

LEY DE CONCURSOS MERCANTILES E IFECOM, HERRAMIENTAS BÁSICAS PARA APOYAR A EMPRESAS EN CRISIS FINANCIERAS

* Así lo afirmó el director general del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, Luis Manuel Méjan Carrer, al rendir su informe semestral ante los Plenos de la SCJN y del CJF.



Al cumplir 9 años, la Ley de Concursos Mercantiles y el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (Ifecom) se ubican en el vórtice de una crisis financiera global que los pone, si no a prueba, sí en una cresta de una ola de oportunidad para constituirse en las herramientas básicas para apoyar a las empresas a enfrentar y superar las dificultades económicas.

Así lo afirmó el director general del Ifecom, Luis Manuel Méjan Carrer, al rendir su informe semestral de labores, en sesión solemne conjunta de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

Reconoció que México sufre, como todos los países del mundo, una problemática económica de dimensiones inusuales nacida de diversas prácticas financieras no totalmente reguladas o supervisadas, que producen un fuerte deterioro de las grandes instituciones financieras del orbe que daban sostén al fluido de recursos, cuya inyección es vital para el desarrollo de las economías.

Dijo que el tamaño de tales instituciones y su alto involucramiento en la distribución de los recursos económicos destinados tanto a la producción como al consumo, contamina a otras instituciones y a otros países.

Con ello, agregó, el Castillo de Naipes a que se refiere el autor más comentado del momento sobre la crisis, William D. Cohan, se viene abajo, produciendo el típico factor de las situaciones concursales: la insolvencia por falta de liquidez que, a su vez, genera el incumplimiento generalizado de las obligaciones.

En ese contexto comentó Meján Carrer, la aparición de procedimientos concursales parece inminente, no al principio, porque las empresas dejan la situación concursal como último recurso, y tampoco como un síntoma de enfermedad, sino como una medicina de curación de la misma.

En su informe, Méjan Carrer señaló que en la actividad concursal del semestre -del 21 de noviembre de 2008 al 20 de mayo de 2009-, se promovieron 21 asuntos, relativos a igual número de comerciantes. En cuatro juicios, precisó, los comerciantes fueron llamados a concurso por demanda de acreedores y en 17 por solicitud de ellos mismos.

De los juicios promovidos durante este periodo, 13 asuntos se encuentran en etapa de visita, dos en conciliación, dos en quiebra y cuatro están concluidos.

Con lo anterior, indicó, han llegado al procedimiento concursal 391 comerciantes en 334 procedimientos judiciales, que han sido conocidos por 114 jueces de Distrito en 45 ciudades de 29 estados de la república.

Explicó que de éstos, el 54% fue promovido por solicitud de los propios comerciantes, y el 46% por demanda de quienes tienen el derecho de hacerlo.

Respecto al tema de las quiebras, expuso que ingresaron a esta etapa ocho asuntos respecto de otros tantos comerciantes, por mil 303 millones de pesos y relativos a dos mil 328 acreedores.

Con ello se tienen en la actualidad 101 procesos en etapa de quiebra, relativos a 127 comerciantes, en los que 54 mil 211 acreedores buscan la solución a créditos por 277 mil 431 millones de pesos, explicó.

Finalmente, Méjan Carrer informó que durante este periodo se concluyeron 19 procedimientos: seis por ser insuficiente en la materia, cinco por convenio, dos por sentencia de no concurso, dos por desistimiento, uno por caducidad, dos por haber quedado sin efectos el auto admisorio, y uno por haberse efectuado pagos conforme cuotas concursales sin que queden más bienes por realizarse en los términos de la Ley.

Con lo anterior, puntualizó, han concluido durante estos nueve años, el 52% de los asuntos que se han presentado, de los cuales, el 47% fue por convenio o por desistimiento, es decir, por acuerdo judicial o extrajudicial de los comerciantes y sus acreedores.

Formulario de consulta Imprimir