Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.SNC/1998

México, D.F. a 10 de septiembre de 1998

EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL ESTABLECE CRITERIOS PARA LA ADSCRIPCIÓN Y READSCRIPCIÓN DE MAGISTRADOS DE CIRCUITO Y JUECES DE DISTRITO

El Consejo de la Judicatura Federal tiene entre sus atribuciones asignar la primera adscripción a los jueces de Distrito y los magistrados de Circuito que resultan vencedores de los Concursos Internos de Oposición, lo que significa establecer la competencia territorial y el órgano en que deberán ejercer sus funciones. Asimismo, es su función readscribirlos, es decir, cambiarlos de órgano jurisdiccional, siempre que las necesidades del servicio así lo requieran y haya causa fundada y suficiente. En este sentido, estableció los criterios que para tal efecto valorará de acuerdo a los siguientes porcentajes:

ADSCRIPCIÓN

Magistrados de Circuito

Calificación obtenida en el concurso de oposición: 35%

Cursos realizados en el Instituto de la Judicatura Federal:10%

Antigüedad en el Poder Judicial de la Federación o en la experiencia profesional:20%

Desempeño en el Poder Judicial de la Federación:30%

Grado académico y los diversos cursos de actualización y especialización acreditados de manera fehaciente:5%

Jueces de Distrito

Calificación obtenida en el concurso de oposición:35%

Cursos realizados en el Instituto de la Judicatura Federal:15%

Antigüedad en el Poder Judicial de la Federación o en la experiencia profesional:30%

Desempeño en el Poder Judicial de la Federación:10%

Grado académico y los diversos cursos de actualización y especialización acreditados de manera fehaciente:10%

READSCRIPCIÓN

Con relación a la readscripción de magistrados de Circuito y jueces de Distrito, se atenderán los criterios y valoración siguientes:

- Cursos de enseñanza y capacitación que se hayan realizado en el Instituto de la Judicatura: 10%

- Antigüedad en el Poder Judicial de la Federación: 25%

- Grado académico o nivel de estudios del servidor público:5%

- Resultados de las visitas de inspección. (30 por ciento)

- Disciplina y desarrollo profesional. (30 por ciento)

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