Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.181/2008

México, D.F. a 11 de agosto de 2008

Transparencia, acceso para que la sociedad participe en consolidación del Estado.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por mayoría, que la controversia constitucional promovida por el municipio de San Luis Río Colorado, Sonora, no fue extemporánea, ya que éste no tuvo conocimiento oficial de que se daba por concluida, anticipadamente, la concesión que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) había otorgado a favor del gobierno de la entidad para la operación, explotación y mantenimiento, por un periodo de 10 años, del Puente Colorado y la celebración de una nueva por 20 años, razón por la cual dejó de percibir los recursos para la realización de obras de infraestructura.

En la discusión, el Alto Tribunal puntualizó que el presidente municipal asistió a una reunión ordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso “Puente Colorado”, que administra los recursos de esta concesión y los distribuye entre tres municipios –San Luis Río Colorado, General Plutarco Elías Calles y Puerto Peñasco y que en este encuentro el munícipe, si bien tuvo conocimiento de los hechos, esto no significa que haya sido informado oficialmente de la terminación anticipada de dicha concesión y la celebración de una nueva.

Los ministros explicaron que tener conocimiento de una resolución, acuerdo, o acto que se reclame, no significa simplemente tener noticia de su existencia, en este caso, saber que ya se revocó una concesión y se otorgó una nueva y que el municipio no recibiría más dinero, pues a partir de este simple conocimiento no se podría desplegar una defensa jurídica efectiva para impugnarlos.

En ese sentido, precisaron que es necesario contar con elementos suficientes para expresar conceptos de invalidez en contra de una resolución o acuerdo, tales como quién lo emitió, cuándo, con qué fundamento legal y con qué motivo.

Así, el Alto Tribunal analizará el asunto de mérito, y tendrá que determinar, en principio, si el municipio tiene interés legítimo para impugnar un convenio que celebró el estado de Sonora y la Federación, y si tiene, así mismo, interés para impugnar la modificación de una concesión en la que él no fue parte.

Será el ministro Mariano Azuela Güitrón quien formule el proyecto de resolución de la controversia constitucional promovida por el municipio de San Luis Río Colorado, Sonora.


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