Comunicados de Prensa
No.077/2008
México, D.F. a 2 de abril de 2008
Si fructifica Reforma Penal, Constitución y Leyes se someterán al estudio de la Academia.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la relación de trabajo de los servidores públicos que laboran en las delegaciones políticas en el Distrito Federal se establece con los titulares de éstas y no con el jefe de Gobierno.
Precisó que si bien el jefe de Gobierno capitalino tiene a su cargo la administración pública de la entidad, también lo es que ésta última cuenta con órganos político-administrativos, denominados delegaciones, que tienen autonomía de gestión presupuestal y funcional para ejercer las competencias que les otorga el Estatuto de Gobierno, la Ley Orgánica de la Administración Pública y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
En ese sentido, las delegaciones cuentan con una autonomía funcional en acciones gubernamentales; por tal motivo, no guardan una total subordinación respecto al jefe de Gobierno capitalino. Constituyen, explicaron los ministros, un nivel de gobierno, al contar con patrimonio propio y tener delimitado su ámbito de atribuciones competenciales en la ley, además de que los jefes delegacionales son electos en forma universal, libre, secreta y directa.
Señalaron que además de lo anterior, dentro de las atribuciones de las delegaciones se encuentra la relativa a la designación de los servidores públicos, sujetándose a las disposiciones del Servicio Civil de Carrera, razón por la que son titulares de la relación laboral con dichos trabajadores, pues de otro modo se vulneraría su autonomía de gestión y funcional para ejercer las competencias que les otorgan las disposiciones jurídicas aplicables.
Así lo determinaron los ministros al resolver una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados de Circuito que estaban en desacuerdo respecto a si la relación de trabajo de los empleados que laboran para las delegaciones políticas en el Distrito Federal se establece con los titulares de dichas dependencias o con el jefe de Gobierno capitalino.