Comunicados de Prensa
No.071/2008
México, D.F. a 28 de marzo de 2008
ACCIONES COLECTIVAS, FENOMENAL HERRAMIENTA DE ACCESO A LA JUSTICIA PARA LA CIUDADANÍA: ESPECIALISTAS
• Destacados expertos de Brasil, Argentina, Estados Unidos y Colombia participaron en el Seminario sobre Acciones Colectivas.
• Coinciden en que las acciones colectivas deben presentarse para hacer un bien a la sociedad.
Especialistas de cuatro países destacaron los beneficios que tienen las acciones colectivas, a las que calificaron como una fenomenal herramienta de acceso a la justicia para la ciudadanía.
Al continuar las actividades del Seminario sobre Acciones Colectivas, Martín Bermúdez, de Colombia; Javier Wajntraub, de Argentina; Matthew Piers, de Estados Unidos, y Antonio Gidi, de Brasil, plantearon que las acciones colectivas deben presentarse para hacer un bien a la sociedad, ya que favorecen a personas que en lo individual no tendrían acceso a la justicia.
En la sede alterna de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Martín Bermúdez explicó que en su país se crearon las figuras de acciones popular y de grupo, para la defensa de los intereses de quienes de manera individual no podrían acceder a la justicia.
Mencionó que la acción popular defiende los derechos de un grupo de personas con intereses comunes pero no considera la reparación individual del daño; mientras que la segunda sí prevé una indemnización individual.
Planteó que para el adecuado funcionamiento de las acciones colectivas los afectados deben contar con un representante adecuado que vele por los intereses del grupo que representa y no sólo en sus honorarios, además de que haya una eficiente forma de notificación a los afectados.
A su vez, Javier Wajntraub destacó que las acciones colectivas son la forma en que el derecho se acerca más a las personas, ya que facilita el acceso a la justicia de individuos a través de grupos.
Comentó que en su país —Argentina—, hasta hace poco tiempo la defensa individual era la única vía para hacer frente a injusticias hacia los consumidores; sin embargo, está por ser publicada una reforma en la cual se consagran jurídicamente las acciones colectivas.
Las acciones colectivas son una fenomenal herramienta de acceso a la justicia para la ciudadanía, ya que con ellas se representan los intereses del más desamparado contra grandes incentivos económicos, abundó.
El abogado estadounidense Matthew Piers recalcó que las acciones colectivas son la única manera práctica para que la gente de menos recursos tenga la posibilidad de presentar demandas ante una eventual injusticia.
Por ello, dijo que si bien cualquiera puede presentar una acción colectiva, es necesario que el abogado de los solicitantes debe estar comprometido con la causa.
A su vez, Antonio Gudi confió en que en México haya pronto una ley de acciones colectivas, aunque planteó mecanismos para incentivar su inclusión en la normatividad.
Indicó que asociaciones y jueces deberían proponer acciones colectivas, a fin de que se abran las puertas de la jurisprudencia; así como publicitar los beneficios de éstas tienen.
El especialista brasileño apuntó que para lograr su adecuado funcionamiento, debe buscarse que tengan una representación adecuada, así como una gratificación apropiada para los abogados que lleven a cabo la demanda.
El seminario fue organizado por el Colegio de Secretarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Cámara de Senadores y el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).
• Coinciden en que las acciones colectivas deben presentarse para hacer un bien a la sociedad.
Especialistas de cuatro países destacaron los beneficios que tienen las acciones colectivas, a las que calificaron como una fenomenal herramienta de acceso a la justicia para la ciudadanía.
Al continuar las actividades del Seminario sobre Acciones Colectivas, Martín Bermúdez, de Colombia; Javier Wajntraub, de Argentina; Matthew Piers, de Estados Unidos, y Antonio Gidi, de Brasil, plantearon que las acciones colectivas deben presentarse para hacer un bien a la sociedad, ya que favorecen a personas que en lo individual no tendrían acceso a la justicia.
En la sede alterna de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Martín Bermúdez explicó que en su país se crearon las figuras de acciones popular y de grupo, para la defensa de los intereses de quienes de manera individual no podrían acceder a la justicia.
Mencionó que la acción popular defiende los derechos de un grupo de personas con intereses comunes pero no considera la reparación individual del daño; mientras que la segunda sí prevé una indemnización individual.
Planteó que para el adecuado funcionamiento de las acciones colectivas los afectados deben contar con un representante adecuado que vele por los intereses del grupo que representa y no sólo en sus honorarios, además de que haya una eficiente forma de notificación a los afectados.
A su vez, Javier Wajntraub destacó que las acciones colectivas son la forma en que el derecho se acerca más a las personas, ya que facilita el acceso a la justicia de individuos a través de grupos.
Comentó que en su país —Argentina—, hasta hace poco tiempo la defensa individual era la única vía para hacer frente a injusticias hacia los consumidores; sin embargo, está por ser publicada una reforma en la cual se consagran jurídicamente las acciones colectivas.
Las acciones colectivas son una fenomenal herramienta de acceso a la justicia para la ciudadanía, ya que con ellas se representan los intereses del más desamparado contra grandes incentivos económicos, abundó.
El abogado estadounidense Matthew Piers recalcó que las acciones colectivas son la única manera práctica para que la gente de menos recursos tenga la posibilidad de presentar demandas ante una eventual injusticia.
Por ello, dijo que si bien cualquiera puede presentar una acción colectiva, es necesario que el abogado de los solicitantes debe estar comprometido con la causa.
A su vez, Antonio Gudi confió en que en México haya pronto una ley de acciones colectivas, aunque planteó mecanismos para incentivar su inclusión en la normatividad.
Indicó que asociaciones y jueces deberían proponer acciones colectivas, a fin de que se abran las puertas de la jurisprudencia; así como publicitar los beneficios de éstas tienen.
El especialista brasileño apuntó que para lograr su adecuado funcionamiento, debe buscarse que tengan una representación adecuada, así como una gratificación apropiada para los abogados que lleven a cabo la demanda.
El seminario fue organizado por el Colegio de Secretarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Cámara de Senadores y el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).