Comunicados de Prensa
No.008/2008
México, D.F. a 16 de enero de 2008
Constitucional, que autoridades estatales soliciten permiso de ruta a autotransportistas federales.
• Así lo determinó la Primera Sala, al resolver el Amparo en Revisión 526/2007
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como constitucional que las autoridades estatales soliciten a empresas de autotransportes federales su permiso de ruta para circular en poblaciones de una entidad federativa.
Los ministros consideraron que tal medida no invade la esfera de competencia de las autoridades federales.
Así lo determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver el amparo en revisión 526/2006, el cual derivó de una inconformidad por un oficio expedido por una autoridad del gobierno del estado de Baja California Sur, mediante el cual solicitó exhibir a una empresa de autotransportes un permiso de ruta para circular en las poblaciones de esa entidad, no obstante ser concesionaria federal.
Al respecto, los ministros consideraron que el director de Transporte del estado de Baja California Sur, al pretender que la quejosa exhibiera un permiso de ruta para circular en las poblaciones del estado, no invade la esfera de competencia de autoridades federales, y tampoco viola las garantías constitucionales de legalidad y debido proceso.
Y, por lo tanto, la autoridad puede detener el vehículo en cuestión si la empresa no cuenta con dicho permiso estatal.
La Primera Sala sostuvo que el hecho de que la empresa quejosa cuente con un Permiso para el Servicio Público de Autotransporte Federal de Turismo, suscrito por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, expedido de acuerdo al artículo 49 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, no la libera de realizar los trámites de los permisos estatales correspondientes.
Lo cual significa, señalaron los ministros, que de ninguna manera existe una violación por parte de las normas estatales con respecto al ámbito federal, puesto que las leyes federales tienen por objeto regular las bases para la prestación del servicio de autotransporte federal y la Ley de Transporte estatal regula los servicios dentro de las vías de jurisdicción del estado de Baja California Sur.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como constitucional que las autoridades estatales soliciten a empresas de autotransportes federales su permiso de ruta para circular en poblaciones de una entidad federativa.
Los ministros consideraron que tal medida no invade la esfera de competencia de las autoridades federales.
Así lo determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver el amparo en revisión 526/2006, el cual derivó de una inconformidad por un oficio expedido por una autoridad del gobierno del estado de Baja California Sur, mediante el cual solicitó exhibir a una empresa de autotransportes un permiso de ruta para circular en las poblaciones de esa entidad, no obstante ser concesionaria federal.
Al respecto, los ministros consideraron que el director de Transporte del estado de Baja California Sur, al pretender que la quejosa exhibiera un permiso de ruta para circular en las poblaciones del estado, no invade la esfera de competencia de autoridades federales, y tampoco viola las garantías constitucionales de legalidad y debido proceso.
Y, por lo tanto, la autoridad puede detener el vehículo en cuestión si la empresa no cuenta con dicho permiso estatal.
La Primera Sala sostuvo que el hecho de que la empresa quejosa cuente con un Permiso para el Servicio Público de Autotransporte Federal de Turismo, suscrito por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, expedido de acuerdo al artículo 49 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, no la libera de realizar los trámites de los permisos estatales correspondientes.
Lo cual significa, señalaron los ministros, que de ninguna manera existe una violación por parte de las normas estatales con respecto al ámbito federal, puesto que las leyes federales tienen por objeto regular las bases para la prestación del servicio de autotransporte federal y la Ley de Transporte estatal regula los servicios dentro de las vías de jurisdicción del estado de Baja California Sur.