Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.241/2007

México, D.F. a 12 de diciembre de 2007

APLICACIÓN IRRESTRICTA DE LA LEY, ACCIÓN NO DEBIDAMENTE COMPRENDIDA: MINISTRA LUNA RAMOS

• Al rendir su informe anual de labores como presidenta de la Segunda Sala del Alto Tribunal, afirmó que la inamovilidad del juzgador lo desvincula de influencias externa e internas.

• En un cuerpo colegiado, dijo, prevalece la enorme ventaja de la responsabilidad compartida.

En la función de juzgador una de las finalidades primordiales es la aplicación irrestricta de la ley, acción que no siempre es debidamente comprendida, pero de cuya aplicación depende la existencia de un Poder Judicial sólido, autónomo e independiente, manifestó la presidenta de la Segunda Sala del Alto Tribunal, ministra Margarita Beatriz Luna Ramos.

Al rendir su informe anual de labores, expresó que impartir justicia es una de las tareas más nobles y elevadas que puede encomendarse a un ser humano; que la independencia de criterio es la base de la dignidad humana, y que el cimiento fundamental de esta cualidad intrínseca del juzgador es, sin duda alguna, su inamovilidad, que lo desvincula de influencias internas y externas, garantizándole de esta forma el fortalecimiento de su recta voluntad.

Ante ministros, consejeros de la Judicatura Federal, magistrados electorales y de Circuito y jueces de Distrito, expuso que en un cuerpo colegiado prevalece la enorme ventaja de la responsabilidad compartida, y al propio tiempo el conocimiento jurídico está sujeto a la prueba de contraste con las opiniones de los demás, pues la divergencia de criterios forma el carácter de sus componentes.



La ministra se refirió al papel que desempeña en la actualidad la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), actor determinante en el proceso de consolidación de la democracia y fiel de la balanza en la solución de los muchos y variados conflictos sometidos a su jurisdicción.

Como parte integrante del Máximo Tribunal del país, la Segunda Sala de la SCJN contribuye cotidianamente, en la materia de su competencia, en la labor de impartir justicia, teniendo siempre presente que el derecho es considerado como su mejor método de acceso y su proclamación, como la única forma de garantizar el bien común, refirió.

Informó que la Segunda Sala inició el año con una existencia de 47 asuntos, los que sumados a los mil 929 que ingresaron da un total de mil 976 expedientes, de los cuales egresaron mil 850, en 36 sesiones semanales en las que se resolvieron en promedio 50 asuntos por sesión. Quedan pendientes de resolución, 126 asuntos, lo cual indica que del universo ingresado, se resolvieron el 93.60 por ciento, abundó.

Sin embargo, externó, el otro punto fundamental no se ubica en términos de cifras, sino que se establece en la calidad de juzgar y ésta reside en la experiencia, capacidad, entrega, dedicación, profesionalismo, ética y apego a la norma constitucional de quien ejerce la función jurisdiccional.

Es ésta la parte primordial, porque su concreción se refleja en la seguridad jurídica que tiene el ciudadano en su actuar; motor de iniciativas, certeza de decisiones económicas, equilibrio de la división y competencia de los poderes, garantía de los derechos fundamentales que consagra la Constitución, planteó la ministra Luna Ramos.

Finalmente, indicó: “los beneficios que derivan de las resoluciones jurisdiccionales son los que fundamentan el propósito y objetivo de nuestro actuar; beneficios que no siempre son medibles en una exacta estadística anual, sino en efectos de especial singularidad, cuya virtud es hacerse sentir en el presente y proyectarse a futuro, en aspectos primordiales para el avance de la certeza y estabilidad del orden jurídico nacional”.


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