Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.237/2007

México, D.F. a 5 de diciembre de 2007

LA PRIMERA SALA NO EJERCE FACULTAD DE ATRACCIÓN RESPECTO DEL EXPEDIENTE 6/2007-PS

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por mayoría, no ejercer la facultad de atracción para conocer de los recursos de revisión interpuestos por Luis Echeverría Álvarez y el agente del Ministerio Público Federal, en contra de la resolución dictada por el Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, en la que concedió la protección de la justicia federal a Echeverría Álvarez.

Así lo determinó al considerar que todos y cada uno de los asuntos relacionados con este tema, el Alto Tribunal ya se ha pronunciado, por lo cual compete directamente al Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito –quien solicitó el ejercicio de la facultad-, emitir la resolución correspondiente.

Por otra parte, es de señalar que el asunto en cuestión tiene como origen el auto de formal prisión, lo cual significa que no es una resolución definitiva y, por tanto, debe ser el Tribunal Colegiado el que se pronuncie al respecto.


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