Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.170/2007

México, D.F. a 17 de septiembre de 2007

HOMOLOGA SCJN INVESTIGACIÓN DE SAN SALVADOR ATENCO CON REGLAS GENERALES

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió procedente la modificación del mandato que se otorgó a la Comisión Investigadora de los hechos acaecidos los días 3 y 4 de mayo de 2006 en San Salvador Atenco, Estado de México, a fin de que sea coherente con las reglas generales mínimas que regulan las acciones que conlleva una investigación.

Así lo determinaron los ministros, al resolver las consultas formuladas por los magistrados integrantes de la Comisión, sobre aspectos relacionados con la interpretación y aplicación del Acuerdo General 16/2007, emitido por el Tribunal Pleno el pasado 20 de agosto.

En la resolución se establece que, tal como se desprende de las reglas aprobadas por el Alto Tribunal, las comisiones que se designen para efectuar las investigaciones a que alude el segundo párrafo del artículo 97 constitucional, se deben limitar exclusivamente a los hechos consumados y no podrán adjudicar responsabilidades, sino únicamente identificar a las personas que hubieren participado en graves violaciones a las garantías individuales.

Los ministros precisaron que el citado Acuerdo establece que la comisión investigadora designada debe continuar con sus trabajos en términos de las reglas generales mínimas, en la que se prevé como limitantes el pronunciamiento de aspectos distintos a los hechos precisados en la resolución de ejercicio de la facultad de investigación, así como también las responsabilidades de quienes hayan intervenido en los hechos considerados violaciones graves de garantías individuales.

Esto es, debe concluirse que la investigación no deberá referirse a aspectos relacionados con formas de reparación de la violación de garantías, sean jurídicas o civiles, así como tampoco sobre posibles responsabilidades civiles, penales, administrativas o políticas.

Sin embargo, la Comisión procurará identificar el cargo y nombre de las personas que hubieren participado en tales hechos, calificados como violaciones graves de garantías individuales o de derechos humanos fundamentales.

El Pleno de la SCJN precisó que la investigación sí comprenderá la recopilación de elementos relacionados con los límites de la fuerza pública, pues ese tema servirá de parámetro para que el Alto Tribunal se pronuncie sobre la existencia o no de violaciones graves a las garantías individuales, con motivo de la intervención de policías en los hechos ocurridos en los poblados de Texcoco y San Salvador Atenco, Estado de México.


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