Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.146/2007

México, D.F. a 15 de agosto de 2007

EL GOBERNADOR DE OAXACA CARECE DE INTERÉS LEGÍTIMO PARA IMPUGNAR EXHORTO DE DIPUTADOS

§ La Primera Sala determinó que el mandatario oaxaqueño no resulta afectado por la recomendación de que solicite licencia o renuncie al cargo.

§ Los ministros sobreseyeron la controversia constitucional interpuesta por el titular del Poder Ejecutivo de Oaxaca contra la Cámara de Diputados.

El Poder Ejecutivo de Oaxaca carece de interés legítimo para impugnar el punto de acuerdo de la Cámara de Diputados mediante el que ésta exhortó al gobernador Ulises Ruiz Ortiz a solicitar licencia o renunciar a su cargo, determinó hoy la Primera Sala del Alto Tribunal.

Los ministros consideraron que la proposición de la Cámara de Diputados, mediante un punto de acuerdo, no impone obligación de hacer o no hacer; no pretender constreñir al gobernador a actuar en determinado sentido, precisaron

Simplemente, concluyeron, la Cámara de Diputados recomendó al gobernador, en términos políticos, que presente licencia o renuncie al cargo en aras de contribuir al restablecimiento de la gobernabilidad, el orden jurídico y la paz social de Oaxaca, sin que esto pueda traducirse en una afectación o agravio en la esfera de la actuación de la competencia del gobernante estatal.

La Primera Sala indicó que la Cámara de Diputados no afectó el interés legítimo del Poder Ejecutivo oaxaqueño, y por esto se sobreseyó la controversia constitucional interpuesta por el gobernador de ese estado.

En este sentido los ministros resolvieron que la controversia constitucional 140/2006 es improcedente ante la falta de interés legítimo del Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca, el cual tiene como presupuesto un principio de afectación que debe sufrir alguno de los órganos legitimados para promover la controversia.

El acto impugnado sólo se trata de un punto de acuerdo aprobado por los diputados, en el cual se realiza un exhorto no vinculatorio al Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca, y la recomendación no dio una orden ni obligó al gobernador Ulises Ruiz Ortiz a un actuar concreto y preciso.

No existe interés legítimo del mandatario en relación con los actos impugnados, ya que al tener carácter de mera súplica, no lesiona la esfera de su competencia, resolvieron los ministros.


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