Comunicados de Prensa
No.145/2007
México, D.F. a 14 de agosto de 2007
CONCLUYE ANÁLISIS DE REGLAS PARA COMISIONES QUE INVESTIGUEN VIOLACIONES A GARANTÍAS INDIVIDUALES
§ Se puso especial atención de que en los lineamientos del Acuerdo General respectivo se respete el marco constitucional.
§ Las reglas deben regular las acciones que conlleva una investigación para averiguar, únicamente, algún hecho o hechos que constituyan graves violaciones de garantías individuales, sin que conlleve una función jurisdiccional o procesal.
El Pleno de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó hoy el análisis de las reglas generales mínimas a los que deberá sujetarse, en todos los casos, el ejercicio de la facultad de investigación prevista en el párrafo segundo del artículo 97 constitucional.
En tres sesiones, los ministros discutieron en torno a los lineamientos propuestos por los ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Sergio A. Valls Hernández, del Comité de Acuerdos y Reglamentos, que deberán considerarse en un Acuerdo General, cuyo contenido deberá hacerse público.
Los ministros redactaron a partir de un interesante debate, las reglas que deben regular las acciones que conlleva una investigación para averiguar, únicamente, algún hecho o hechos que constituyan graves violaciones de garantías individuales, sin que conlleve una función jurisdiccional o procesal.
Las reglas acordadas señalan cómo deberán proceder las comisiones que se integren para realizar la investigación; así como sus facultades y todas aquellas acciones necesarias para lograr el esclarecimiento de los hechos presumiblemente constitutivos de violaciones graves a las garantías individuales, por lo que el Pleno, en el Acuerdo General respectivo, ha puesto especial atención que en dichas reglas se respete el marco constitucional y los derechos fundamentales de aquellos sujetos que pudieran estar involucrados en los hechos materia de la investigación.
Los ministros acordaron que tres de ellos realicen la revisión final de la redacción del acuerdo, para someterlo a aprobación del Pleno la semana próxima, a fin de darlo a conocer públicamente.
§ Las reglas deben regular las acciones que conlleva una investigación para averiguar, únicamente, algún hecho o hechos que constituyan graves violaciones de garantías individuales, sin que conlleve una función jurisdiccional o procesal.
El Pleno de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó hoy el análisis de las reglas generales mínimas a los que deberá sujetarse, en todos los casos, el ejercicio de la facultad de investigación prevista en el párrafo segundo del artículo 97 constitucional.
En tres sesiones, los ministros discutieron en torno a los lineamientos propuestos por los ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Sergio A. Valls Hernández, del Comité de Acuerdos y Reglamentos, que deberán considerarse en un Acuerdo General, cuyo contenido deberá hacerse público.
Los ministros redactaron a partir de un interesante debate, las reglas que deben regular las acciones que conlleva una investigación para averiguar, únicamente, algún hecho o hechos que constituyan graves violaciones de garantías individuales, sin que conlleve una función jurisdiccional o procesal.
Las reglas acordadas señalan cómo deberán proceder las comisiones que se integren para realizar la investigación; así como sus facultades y todas aquellas acciones necesarias para lograr el esclarecimiento de los hechos presumiblemente constitutivos de violaciones graves a las garantías individuales, por lo que el Pleno, en el Acuerdo General respectivo, ha puesto especial atención que en dichas reglas se respete el marco constitucional y los derechos fundamentales de aquellos sujetos que pudieran estar involucrados en los hechos materia de la investigación.
Los ministros acordaron que tres de ellos realicen la revisión final de la redacción del acuerdo, para someterlo a aprobación del Pleno la semana próxima, a fin de darlo a conocer públicamente.