Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 102/2019

Ciudad de México, a 18 de julio de 2019

OTORGAR LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS A LA MADRE, SÓLO POR SER MUJER, CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y SE BASA EN ESTEREOTIPOS: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala, sostuvo que en el caso, la guarda y custodia de dos hermanas se resolvió a partir de estereotipos de género, pues si bien ambos progenitores habían cometido actos de violencia familiar, se resolvió que las hijas estarían mejor a cargo de su madre, ya que por el simple hecho de ser mujer, cumpliría de mejor manera las responsabilidades de atender a sus hijas durante su adolescencia, omitiendo el análisis de otros elementos necesarios para determinar cuál era el mejor escenario para el desarrollo integral de las menores.

La Primera Sala resolvió que el principio rector de cualquier decisión de guarda y custodia de menores debe ser el interés superior del menor, por lo que los juzgadores deben realizar un análisis de razonabilidad libre de estereotipos de género que atienda a las circunstancias particulares del caso.

Con esta resolución, el Alto Tribunal se aparta de las justificaciones que presumen que la mujer goza de mayor aptitud para el cuidado familiar, convirtiéndose en un importante referente para el análisis de los criterios bajo los cuales los juzgadores federales resuelven controversias familiares de guarda y custodia.

Amparo directo en revisión 1958/2017. Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Sesión 16 de agosto de 2017.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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