Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 065/2019

Ciudad de México, a 20 de mayo de 2019

NOTA INFORMATIVA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Pleno, concluyó el análisis de las impugnaciones a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, en los siguientes términos:

1. Siete Ministros se pronunciaron por la invalidez total de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, por considerar que incurre en diversas omisiones legislativas, consistentes en no establecer parámetros y lineamientos para la fijación de los salarios del Presidente de la República y de los otros servidores públicos federales, así como no contener un apartado especial para los juzgadores.

Sin embargo, al no haberse alcanzado la mayoría calificada de al menos ocho votos, el asunto se desestimó en este punto y la SCJN no hará pronunciamiento al respecto.

2. El Pleno invalidó los artículos 6, párrafo primero, fracciones II, III y IV, incisos b) y c), párrafo último, y 7, párrafo primero, fracción I, inciso a), II y IV, de la ley, por estimar que permiten el establecimiento discrecional de remuneraciones.

3. El Pleno hizo una interpretación en el sentido de que los créditos y préstamos a que alude el artículo 12 de la ley no podrán ser considerados como parte integrante de las remuneraciones de los servidores públicos.

La ley impugnada contiene una redacción imprecisa, que permite interpretar que el legislador ordinario considera a los créditos y préstamos como parte integrante de las remuneraciones de los servidores públicos, en contravención a lo que señala la Constitución.

Por lo tanto, en virtud de esta determinación, dicho artículo se deberá interpretar en el sentido precisado.



4. La SCJN invalidó los artículos 217 Bis y 217 Ter del Código Penal Federal, donde se establecían penas por hacer pagos de sueldos y prestaciones en exceso o por no reportar aquéllos recibidos en exceso, por considerar que violan el principio de taxatividad en materia penal.

5. La Corte ordenó al Congreso de la Unión que durante el próximo periodo ordinario de sesiones, legisle sobre las partes de los artículos 6o y 7o que fueron invalidadas.

Acciones de inconstitucionalidad 105/2018 y su acumulada 108/2018, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y diversos integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Decreto que establece la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos y adiciones al Código Penal Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación de 5 de noviembre de 2018.




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