Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.270/2025

Ciudad de México, 27 de noviembre de 2025

LA NUEVA CORTE FORTALECE DERECHOS Y SEGURIDAD JURÍDICA EN EDUCACIÓN, IDENTIDAD DE GÉNERO Y MOVILIDAD

• Se confirma gratuidad en la educación superior: 


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó un amparo que protege el derecho a la educación superior gratuita de una estudiante de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. En este caso, la alumna inscrita en un programa de maestría había sido obligada a pagar una cuota de inscripción, por lo que, inconforme, promovió un juicio de amparo para defender su derecho a continuar sus estudios sin cargas económicas indebidas. 


En la sentencia de amparo, emitida por un juzgado de distrito, se le otorgó la razón y ordenó a la Universidad cancelar el cobro, devolver el monto pagado y permitirle continuar su formación académica sin exigirle ningún pago. Con esta decisión, se mantiene la protección a su derecho a la educación superior en una institución pública.


Amparo en Revisión 305/2025. Resuelto en sesión de Pleno el 27 de noviembre de 2025.


• Se protege la identidad de género de niñas, niños y adolescentes: 


El Máximo Tribunal determinó que el Congreso del Estado de Sonora incumplió el plazo establecido en una sentencia previa que le ordenaba crear un procedimiento administrativo, rápido y accesible para que niñas, niños y adolescentes puedan acceder al levantamiento de nuevas actas de nacimiento que reconozcan la identidad de género autopercibida. La SCJN advirtió que han pasado más de doce meses sin que se apruebe la reforma legislativa que garantizaría este derecho.


Si bien la Corte tomó en consideración que el Congreso estatal ha realizado algunos avances —como el turno de iniciativas a comisiones y reuniones con colectivos y autoridades para construir el nuevo procedimiento— y derivado de la complejidad del proceso legislativo en este tema, se decidió no imponer sanciones por el momento, aunque dejó claro que el incumplimiento definitivo podría derivar en medidas como la separación del cargo o la consignación de las personas responsables ante un juez de distrito.


Por lo anterior, la SCJN requirió al Congreso local cumplir plenamente con la sentencia y le fijó un plazo de 90 días naturales, contados a partir del inicio del próximo periodo de sesiones, para informar sobre las acciones realizados para emitir la reforma que garantice los derechos de la infancia y adolescencia trans.


Recurso de Queja en Acción de Inconstitucionalidad 8/2024. Resuelto en sesión de Pleno el 27 de noviembre de 2025.


• Se fortalece el derecho a la movilidad a través de la mejora a la infraestructura pública: 


El Alto Tribunal validó la cuota del 2% prevista en el Código Fiscal de la Ciudad de México aplicable a las comisiones que cobran las plataformas de reparto —como aquellas de entrega de alimentos y paquetería— por concepto de aprovechamiento, derivado del uso y explotación de la infraestructura capitalina.


El Pleno concluyó que la norma prohíbe trasladar este pago a usuarios, repartidores u oferentes de bienes, lo que contribuye a proteger los derechos de quienes participan en estas actividades económicas. Asimismo, enfatizó que los recursos obtenidos pueden destinarse preferentemente al mantenimiento de la infraestructura de la ciudad, fortaleciendo el derecho a la movilidad y promoviendo un entorno más seguro, accesible y equitativo para todas las personas.


Por último, se determinó que este ingreso tiene la naturaleza de un aprovechamiento, es decir, un ingreso no tributario destinado a compensar el desgaste y uso intensivo de las calles, vialidades y demás bienes de dominio público. Por ello, no se trata de un impuesto o derecho sujeto a los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.


Amparo en Revisión 681/2022. Resuelto en sesión de Pleno el 27 de noviembre de 2025.


Documento con fines de divulgación. Las sentencias son la única versión oficial.



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