Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.126/2025

Ciudad de México, 06 de mayo de 2025

LA CORTE RECONOCE LA VALIDEZ DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDIÓ LA LEY DE AMNISTÍA DEL ESTADO DE CAMPECHE


Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte), reconoció la validez de la Ley de Amnistía del Estado de Campeche, pues no encontró errores graves durante el procedimiento legislativo ni que se hayan violado los derechos de las víctimas al otorgar la amnistía a las personas sentenciadas.


Diputados de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Campeche, promovieron una acción de inconstitucionalidad en la que impugnaron el citado Decreto. En primer término, por vicios durante el procedimiento legislativo que impidieron que se cumpliera con el principio de deliberación democrática; y, en segundo término, por vulnerar los derechos de la víctima u ofendido, a la reparación del daño, debido proceso y acceso a la justicia.


El Pleno explicó que durante el procedimiento legislativo se respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, en condiciones de libertad e igualdad y que el procedimiento deliberativo culminó con la correcta aplicación de reglas de votación. 


Por otro lado, el Pleno expuso que de la lectura sistemática de la ley impugnada y del Código Penal estatal se advierte que se requiere que los beneficiarios de la amnistía no sean reincidentes del delito imputado. Además, se estableció que las hipótesis por robo simple se encuentran acotadas para que no sean beneficiarios quienes cometieron tal delito con ventaja.


El Pleno concluyó que no es posible considerar que la persona beneficiada con la Ley de Amnistía en el Estado de Campeche pueda dejar de cumplir con los derechos de las víctimas del delito, en tanto se trata de un requisito para que tenga acceso a ese beneficio. Dado que el trámite y la resolución que se emita para dirimir la procedencia o improcedencia de la amnistía no tiene relación con los derechos fundamentales de la víctima u ofendido, tampoco violenta sus derechos al debido proceso y al acceso a la justicia. 


Acción de inconstitucionalidad 183/2023, promovida por Diputados de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Campeche, demandando la invalidez del Decreto número 53 publicado el 27 de julio de 2023, en el Periódico Oficial de dicho Estado, a través del cual se expidió la Ley de Amnistía local. Resuelto en sesión de Pleno, el 6 de mayo de 2025.


 


Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.



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